Atento a la grave situación planteada en la Cámara Federal de la Seguridad Social, -producida ésta por la recusación con y sin causa de los Dres. Luis René Herrero y Emilio Lisandro Fernández, ambos vocales de la Sala II, la Asociación Civil de Abogados Previsionalistas por intermedio de sus autoridades, inició acciones con el objeto de lograr la reacción de Instituciones madre, a fin de lograr dentro de nuestras posibilidades, el eco necesario para colaborar en la solución del conflicto.
I.-
En este orden de ideas, se informa que, con fecha 27 de setiembre de 2011, presentamos una nota a la presidencia del Colegio Público de Abogados de Capital Federal, en donde poníamos en conocimiento de las autoridades de la Institución, partiendo de la base, de que ya, éstas estaban enteradas de la situación, nuestra preocupación por lo que suponíamos una paralización de toda la alzada de la Seguridad Social. Nótese que para resolver la recusación de los Dres. Herrero y Fernández, habían tomado intervención en su reemplazo los Dres. Juan Carlos Poclava Lafuente y Néstor Alberto Fasciolo tal y así se lo manifestamos a las autoridades del Colegio a fin de que intervinieran en el tema y asimismo le dieran la publicidad suficiente a los efectos de que tomaran estado público.
El presidente del C.P.A.C.F., Dr. Eugenio H. Cozzi, recibió , el 27 de septiembre de 2011,en una audiencia la nota y la detallada explicación “in voce” de la Presidente y Secretaria de la A.D.A.P.
En la misma, el Dr. Cozzi, se comprometió a incluir el tema, en el “orden del día” de la siguiente reunión del Consejo Directivo del Colegio para tomar las medidas pertinentes al alcance de la institución.
Tal y como se manifestó, en el primer jueves en que se reunió el Consejo Directivo del C.P.A.C.F, se debatió el tema y se leyó la nota presentada por la A.D.A.P., en la cual participó -como invitada oyente- la presidente de ésta Asociación, a quien se le cedió la palabra, detallando sobre la problemática gravedad de la situación planteada.
De la misma surgió, tanto de los miembros de la lista oficialista como de los opositores, la obligación de que el Colegio tomara medidas sobre el grave problema institucional que aquejaba a la Cámara, como la defensa de un importante fragmento de la sociedad como son los jubilados que veían peligrar la obtención de sus derechos.
Consecuentemente, se aprobó el pedido de audiencia al presidente de la Cámara Federal de la Seguridad Social Dr. Bernabé Chirinos, como así también, darle amplia difusión al conflicto, por cuantiosos medios al alcance del Colegio.
II.-
En igual sentido y con el mismo tenor, se presentó, con fecha 27 de setiembre de 2011, un pedido de audiencia a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en la persona de su presidente Dr. Ricardo L. Lorenzetti.
La Corte.Suprema., concedió una audiencia para el día 13 de octubre de 2011, con el Secretario de la Secretaría Judicial Nª 2, Dr. Voccos, a la que concurrieron la Presidente y Secretaria de la A.D.A.P. y una integrante de la Comisión Directiva de la misma, Dra. Mónica Garmendia.
El Alto Tribunal, estaba en total conocimiento de la grave situación institucional que se había suscitado por las recusaciones de la A.N.S.E.S. hacia los jueces de la Cámara Federal de la Seguridad Social y de las implicancias y consecuencias de las mismas.
Sin embargo, el Secretario de la Corte, Dr. Voccos, manifestó que el Supremo Tribunal estaba preocupado por las repercusiones del caso, pero que hasta ese momento no se habían expedido, en razón de que no había llegado al Alto Tribunal, acorde al procedimiento pertinente, ninguna de las causas en donde A.N.S E.S. había presentado pedido de recusación.
Instó asimismo, a que la Asociación no cejara en continuar impulsando el tema.- Se lo puso en antecedentes de la presentación ante el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, manifestando su aprobación al respecto.
III.-
El día 5 de octubre de 2011 la Asociación recibió una comunicación del Presidente del C.P.A.C.F., en la cual nos ponía en conocimiento de las acciones tomadas por el mismo, consistentes en, una entrevista efectuada al Dr. Cozzi en el diario BAE, donde se manifestaba sobre el estado de la Justicia en general y en un párrafo se refirió al colapso de la Justicia Previsional, considerando que el mismo se debía a la no implementación de una sistema de mediación.
La respuesta emitida por el Colegio fue considerada por la Comisión Directiva de la A.D.A.P. muy poco satisfactoria y con escaso conocimiento de la materia, y así se le hizo saber mediante una nota presentada al Colegio con fecha 22 de noviembre de 2011.
Además, se informó que, “la difusión por medio del diario “BAE” no se compadece con la magnitud del problema, además de que en dicha nota se hable de otro tema que no es el que nos ocupa”.
Allí se solicitaba una nueva audiencia y se le hacía saber al Colegio que los abogados previsionalistas, integran en gran parte la matrícula de esa Institución y que entienden que, como “institución madre, es ésta la que posee los medios para encontrar una respuesta a la problemática planteada, atento la magnitud y el perjuicio institucional que estos procedimientos traen aparejados”.
IV.-
Ante la grave situación por la que atraviesa el Fuero Federal de la Seguridad Social y la profunda preocupación de la Asociación, ante el accionar de la A.N.S.E.S. que recusa a los jueces a entender de esta Asociación, con el fin de dilatar la resolución definitiva de las causas en tiempo y forma, llegando a esta INJUSTICIA sin la solución concreta o definitoria.
Al responderle al C.P.A.C.F. se le hacía saber que antes de circularizar entre los socios y no socios la preocupación existente en la ADAP, esperábamos una respuesta.-
No teniendo, hasta la fecha respuesta a nuestros requerimientos esta Asociación ha decidido poner en conocimiento de todos los relacionados a la actividad, de las diferentes presentaciones que han llevado a cabo a los efectos de destrabar esta trama injusta.
Sabemos que es muy difícil, pero no bajaremos los brazos.
Nosotros actuamos en defensa de los derechos de nuestros clientes y en el nuestro propio, ya que vemos peligrar el ejercicio de la profesión en la especialidad.
Nos parece injusto que se recuse a Jueces que hasta la fecha han tenido una actuación ajustada a derecho, y en la misma línea de pensamiento en los considerandos de sus fallos, sin variar su postura durante los 23 años de ejercicio de la magistratura.- Cabe resaltar que quien ejerce dicho cargo, si hay una virtud que le está ensamblada, es la no temeridad a las consecuencias de sus decisiones.
Solicitamos a todos a quienes lleguen estas líneas y las compartan, su difusión en todos los ámbitos, de manera tal que el conocimiento masivo ayude a encontrar una solución.
Sabemos también que los expedientes apelados por la ANSES y que son sorteados a la Sala II, llegan a ella y se remite cédula a los letrados para que procedan a expresar agravios (Art. 259 del CPCCN), y hasta allí llega el movimiento de los mismos.
Queda en Secretaría de la A.D.A.P., para su consulta las notas presentadas y a las que se hacen referencia en el presente-.
Buenos Aires, Mayo 2 de 2012
Dra. Mabel Delia Curiel Dra. Carmen Elida Carlé
Presidente ADAP Secretaria ADAP